miércoles, 24 de octubre de 2012

Principios y fines éticos.


Principios y fines éticos.
Fines inmediatos que son de carácter formativo, ya que aportan luces para reflexionar sobre la propia conducta y además se consideran los problemas mismos de la ética como disciplina filosófica. En virtud del fin esencial que es del bien común, podemos conocer las condiciones necesarias para la gesta del mismo.

Legitimidad: Hoy día se propone un sustento legitimador del estado y sus derechos. Basado en el contrato social constituye indudablemente el paradigma con el cual se ha constituido la legitimidad en el estado moderno. Incluso nuestro texto constitucional recoge este pensamiento al señalar que todo poder publico dimana del pueblo y es beneficio de este.

Legalidad: La autoridad solo puede hacer lo que la ley le autoriza. Dicho principio busca la actividad de la autoridad sea limitada por el derecho, es decir, las actuaciones estatales solo pueden llevarse a cabo cuando la ley lo permite y autorice.

Bien común frente al bien individual: es una especie del bien general al particular, es un criterio racional de la conducta que se refiere en primer término a la sociedad como entidad relacional, como la unidad de un todo ordenado que responde a la dimensión natural de la naturaleza humana.
 Que puede partir de un bien común general a uno individual, ejemplo: El pago de impuesto el cual al no realizar dichos pagos de impuesto un individuo de manera directa no significa que el no reciba beneficios directamente sino que a la hora que el gobierno ejerza su el dinero que recibió por dichos pagos el reciba beneficios como asistencia social o de obras para que el beneficie propio aunque el no los haya realizado y la mayoría que si paga también los reciba.

Seguridad Jurídica: Garantiza que toda persona no será objeto de ataques o afectación alguna en sus prerrogativas, bienes, derechos y etc. Sin la actuación debida de los órganos del Poder Público. La seguridad implica que la persona tenga la certeza que todo su ámbito de derechos le será respetado y en caso de afectación ilegal le serán restituidos. Dar a cada quien lo suyo. Es decir moderado y evita la ostentación.

Cuales son las características de una ley justa?
Debe ser bueno para todos, Debe ser justo, Debe ser posible de cumplir
Debe ser útil para la comunidad, Debe ser imparcial y Debe ser equitativa.

Diferenciar entre legalidad, legitimidad y competencia (ejemplificar)
La legalidad descansa en la seguridad jurídica y la legitimidad es una encarnación de la voluntad popular y la competencia es la delimitación de funciones entre los Poderes.

Ejemplo: El uso del presupuesto gubernamental de los tres niveles de gobierno que es Federal, Estatal y Municipal en la realización de obras y servicios públicos.
 Diferenciar entre estabilidad jurídica y política (ejemplificar)

Consisten en el beneficio del reinado del derecho que exige la adecuación de la ley a los mandatos constitucionales, la imparcialidad y buena organización de la justicia el cumplimiento del orden constitucional y legal en cualquier acto de autoridad.

Se logra por consensos generales, con madurez política, esto es, tener que ceder unos aspectos para concretar otros. Resulta de la práctica de la democracia proveniente de un acuerdo tácito o no que se basa en la aceptación de los ciudadanos de la pluralidad política.

Ejemplo: La toma de Protesta del Presidente de la Republica y la estabilidad política ya que es la aceptación del pueblo.

Ejemplificar diferencia entre justicia y equidad.
El correcto desempeño del juez y la actuación profesional de este se encontraba ya regulado por la legislación de responsabilidad pública correspondiente, de modo que ante una infracción, fuera grave o intrascendente, se podía acudir al ordenamiento respectivo en busca de la sanción establecida a la falta realizada.

Se pensó que con la sola legislación de responsabilidad de las personas encargadas de administrar justicia se cumplía con el compromiso moral del juez, y que bastada con no violar la legislación correspondiente para ser un buen juez.

 *Plantear un ejemplo o un caso donde se manifieste los tipos de justicia
 1.- El juez, al percatarse de un secretario dicto mal un acuerdo, aunque este sea su amigo y recomendado por un alto acuerdo, aunque sea su amigo y recomendado por un alto funcionario, le llama la atención, haciéndole ver sus errores. Conducta Correcta
 2.- En un Tribunal Colegiado de Circuito se encuentra laborando cinco secretarios proyectistas; uno de ellos es muy amigo del magistrado, lo que influye en el reparto del trabajo, dándole mas trabajo y mayor dificultad a los que no son sus amigos y menor numero y mas sencillo a su amigo. Conducta Incorrecta
 3.- La esposa de un procesado por narcotráfico, joven y guapa, visita al secretario encargado de la causa de su esposo; ella se le insinúa, además de ofrecerle dinero. El secretario no cede ante los ofrecimientos pues esta convencido de que su actuar debe estar apegado a derecho, sin dejarse presionar en forma alguna, y que la justicia se vería seriamente afectada si actuara conforme a esas presiones. Conducta Correcta.
 4.- El titular del área de controlaría reporta la conducta de un funcionario, que puede ser motivo de responsabilidad; sin embargo, en un caso similar, en el que funcionario es su amigo, le permite subsanar o corregir la irregularidad, sin dar aviso a sus superiores. Conducta incorrecta.
 5.- Por entonces dos mujeres prostitutas fueron a presentarse al rey. Se pararon ante él y dijo una de ellas: Por favor, mi señor, yo y esa mujer vivíamos en una misma casa, y di a luz, mientras ella estaba conmigo en la casa. A los tres días de mi parto, parió también la mujer ésa; estábamos juntas, no había nadie más en la casa, sólo nosotras dos. Una noche murió el hijo de la mujer ésa, porque ella había permanecido acostada sobre él.

Se levantó durante la noche y, mientras tu servidora dormía, tomó a mi hijo de mi costado y lo acostó en su regazo, y a su hijo, el que estaba muerto, lo acostó en el mío. Al amanecer me levanté para amamantar a mi hijo, y ¡estaba muerto! Pero lo examiné bien a la luz de la mañana y vi que no era mi hijo, el que yo había parido.

La otra mujer repuso: No, por cierto, mi hijo es el vivo y tu hijo es el muerto. Pero la otra replicaba: No, al contrario, tu hijo es el muerto y mi hijo es el vivo. Y seguían discutiendo ante el rey.
Dijo el rey: Ésa dice: `Éste es mi hijo, el vivo, y tu hijo es el muerto,’ y la otra dice: `No, al contrario, tu hijo es el muerto, y mi hijo es el vivo.’

Entonces ordenó el rey: Traedme una espada. Presentaron la espada al rey y éste sentenció: Cortad al niño vivo en dos partes y dad mitad a una y mitad a otra. A la mujer de quien era el niño vivo se le conmovieron las entrañas por su hijo y replicó al rey: Por favor, mi señor, que le den a ella el niño vivo, pero matarlo, ¡no!, ¡no lo matéis! Mientras, la otra decía: Ni para mí ni para ti: ¡que lo corten! Sentenció entonces el rey: Entregadle a ella el niño vivo, ¡no lo matéis! Ella es su madre.
El juicio pronunciado por el rey llegó a oídos de todo Israel y cobraron respeto al rey, al ver que dentro de él había una sabiduría divina con la que hacer justicia.

Bibliografía
 Biblia, Juicio de Salomón (3,16-28).
 El Código de Ética del Poder Judicial de la Federación al Alcance de todos.
Poder Judicial de la Federación. Pp105-109
 Real Academia Espa;ola, Diccionario de la Lengua Espa;ola, vigesima segunda edición Editorial Espasa- Calpe, 2001, Madrid.

No hay comentarios:

Publicar un comentario